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Acuerdo de Confidencialidad (NDA)

Acuerdo de confidencialidad (NDA) unilateral o bilateral conforme a la Ley de Secretos Empresariales. Protege información técnica, comercial y estratégica.

ES-LATAM· Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales; art. 13 Ley 3/1991 de Competencia Desleal; art. 1152 CC (cláusula penal); Directiva (UE) 2016/943; Ley 24.766 Argentina; Ley Federal de Protección de Datos México
NDA confidencialidad secreto empresarial acuerdo confidencialidad información reservada

¿Por qué usar esta plantilla?

  • Cubre obligaciones, duración del deber de confidencialidad, excepciones y consecuencias del incumplimiento.
  • Adaptable a relaciones laborales, comerciales o de inversión — el editor te permite modular el alcance.
  • Hash SHA-256 + QR de verificación: prueba inmutable de la versión que firmasteis.

Estructura del contrato (11 secciones)

1

REUNIDOS

2

EXPONEN

3

ESTIPULAN

4

Definición de Información Confidencial

5

Obligaciones de confidencialidad

6

Duración

7

Devolución y destrucción de información

8

Penalización por incumplimiento

Sección opcional

Este contrato incluye 23 campos personalizables

(perfil)(requerido)
(perfil)(requerido)
(perfil)(requerido)
Tipo de acuerdo(requerido)
Nombre/razón social de quien divulga(requerido)
Tipo de persona (divulgador)(requerido)
DNI/CIF del divulgador(requerido)
Domicilio del divulgador(requerido)
Representante legal (si es empresa)
Nombre/razón social de quien recibe(requerido)
Tipo de persona (receptor)(requerido)
DNI/CIF del receptor(requerido)
Domicilio del receptor(requerido)
Representante legal (si es empresa)
Propósito de la divulgación de información(requerido)
Tipos de información protegida(requerido)
Duración de la obligación de confidencialidad (años)(requerido)
Penalización económica por incumplimiento (€)
Territorio de aplicación
Plazo para devolver/destruir información (días)
Jurisdicción aplicable(requerido)
Lugar de firma(requerido)
Fecha del acuerdo(requerido)

¿Qué es el acuerdo de confidencialidad (nda) y para qué sirve?

El acuerdo de confidencialidad (también conocido como NDA, del inglés Non-Disclosure Agreement) es el contrato por el que una o ambas partes se comprometen a no revelar información reservada compartida en el contexto de una relación comercial, negociación o colaboración. En España, este tipo de acuerdo se apoya fundamentalmente en la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales (que transpone la Directiva UE 2016/943) y en el artículo 13 de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal, que tipifica la divulgación de secretos industriales como acto desleal sancionable.

El NDA puede ser unilateral —cuando solo una parte recibe y se obliga a proteger información— o bilateral, cuando ambas partes se intercambian información sensible y deben protegerla mutuamente. La duración habitual para información técnica o comercial es de 2 a 5 años; para secretos industriales de especial valor económico puede pactarse por tiempo indefinido mientras la información conserve su carácter reservado. El incumplimiento puede dar lugar a una cláusula penal pactada (art. 1152 CC), a medidas cautelares urgentes ante el juzgado competente (art. 727 LEC) y a la indemnización de los daños reales causados.

Con Runican puedes configurar tu acuerdo de confidencialidad en minutos: elige si es unilateral o bilateral, describe la información a proteger, fija la duración y la penalización, y descarga el PDF listo para firmar. También puedes enviar el formulario a la otra parte para que rellene sus datos sin crear cuenta, acelerando la formalización antes de cualquier reunión o negociación.

¿Cuándo usar esta plantilla?

Utiliza este NDA antes de compartir información sensible con socios, inversores, empleados, proveedores o colaboradores externos: planes de negocio, código fuente, listas de clientes, fórmulas, prototipos o estrategias comerciales. También es imprescindible antes de negociaciones de fusión o adquisición (M&A) y en proyectos de innovación compartidos. No protege información que ya sea de dominio público, que el receptor ya conociera antes de firmarlo, o que obtenga legítimamente de un tercero.

Aspectos importantes a tener en cuenta

  • El marco legal español es la Ley 1/2019 de Secretos Empresariales y el art. 13 de la Ley de Competencia Desleal
  • La información de dominio público no puede protegerse mediante NDA aunque así se pacte
  • La cláusula penal debe ser proporcional; el juez puede moderarla si es desproporcionada (art. 1154 CC)
  • Ante incumplimiento, se pueden solicitar medidas cautelares urgentes equivalentes al injunction anglosajón (art. 727 LEC)
  • El NDA no transmite derechos de propiedad intelectual ni industrial sobre la información compartida
  • Se recomienda describir con precisión qué información queda protegida y en qué soporte se comparte
  • Para profesionales y autónomos, combinarlo con el contrato de servicios refuerza la protección integral

Preguntas frecuentes sobre el acuerdo de confidencialidad (nda)

¿Tiene validez legal un NDA firmado en España?
Sí. El acuerdo de confidencialidad es un contrato privado con plena validez conforme al artículo 1255 del Código Civil (libertad de pactos). Además, la Ley 1/2019 de Secretos Empresariales y la Ley de Competencia Desleal proporcionan un marco legal específico para proteger la información confidencial y sancionar su divulgación indebida.
¿Cuánto tiempo debe durar un NDA?
La duración habitual para información técnica o comercial es de 2 a 5 años desde la firma. Para secretos industriales o información de especial valor económico puede pactarse por tiempo indefinido mientras mantenga su carácter reservado. La duración debe ser proporcional a la naturaleza de la información protegida.
¿Qué diferencia hay entre un NDA unilateral y uno bilateral?
En el NDA unilateral solo una de las partes (la receptora) asume obligaciones de confidencialidad respecto a la información que recibe de la otra (la divulgadora). En el bilateral, ambas partes se intercambian información sensible y ambas quedan obligadas a protegerla. El bilateral es más habitual en negociaciones de fusión, joint ventures o colaboraciones técnicas.
¿Puedo incluir una penalización económica por incumplimiento?
Sí. Es muy recomendable incluir una cláusula penal que fije una cantidad determinada en caso de incumplimiento (art. 1152 CC). El importe debe ser razonable y proporcional al perjuicio estimado. Si el juez considera que es excesiva, puede moderarla (art. 1154 CC). La cláusula penal no excluye la reclamación de daños adicionales que excedan ese importe.
¿Qué información NO puede protegerse con un NDA?
Quedan excluidas: la información que en el momento de la firma ya sea de dominio público, la que el receptor ya conocía antes de recibirla, la que obtenga lícitamente de un tercero sin restricciones, y la que deba divulgarse por mandato judicial o legal. Incluir estas exclusiones en el contrato es obligatorio para su validez.

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Aviso legal: Esta plantilla es orientativa y está diseñada como punto de partida. No sustituye el asesoramiento jurídico personalizado. Para contratos de alta complejidad o con condiciones especiales, consulte con un abogado o notario.