REUNIDOS
1. Naturaleza y carácter expreso del consentimiento
2. Objeto de la cesión
3. Finalidad delimitada
4. Medios, soportes y ámbito territorial
5. Duración temporal
6. Exclusividad
Opcional7. Contraprestación económica
8. Régimen específico para menores
Opcional9. Derecho de revocación
10. Protección de datos personales
11. Jurisdicción
12. Firmas
En [Ciudad de firma], a [Fecha del contrato].
De una parte, D./Dña. [Nombre del cedente (persona cuya imagen se cede)], con DNI [DNI del cedente] y domicilio en [Domicilio del cedente], en adelante el/la CEDENTE.
Si el cedente es menor de edad: representado/a por su progenitor/a o tutor/a legal D./Dña. [Nombre del representante legal (si es menor)], con DNI [DNI del representante legal], en ejercicio de la patria potestad o tutela legal.
De otra parte, [Nombre/razón social del cesionario], con CIF/NIF [CIF/NIF del cesionario] y domicilio en [Domicilio del cesionario], en adelante el CESIONARIO.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para contratar y otorgar el presente acuerdo.
El presente contrato regula la cesión expresa, voluntaria, informada e inequívoca de los derechos de imagen del CEDENTE, al amparo del art. 2 de la Ley Orgánica 1/1982 y del art. 6.1.a y art. 7 del RGPD. El consentimiento es revocable en los términos del art. 2.3 LO 1/1982 con indemnización de los daños y perjuicios probados al cesionario.
El derecho a la propia imagen es personalísimo, irrenunciable e inalienable en su esencia; sólo puede cederse el uso, en los términos delimitados en este contrato.
El CEDENTE autoriza expresamente al CESIONARIO a captar, reproducir, distribuir y comunicar públicamente las imágenes y/o vídeos descritos a continuación: [Descripción de las imágenes (sesión fotográfica, vídeo, contexto)].
La cesión NO incluye derechos ajenos a la propia imagen (propiedad intelectual de la obra fotográfica, marcas comerciales que aparezcan, derechos de autor de terceros). El CESIONARIO se obliga a obtener autorizaciones separadas si las imágenes incluyen creaciones protegidas de terceros.
Las imágenes se utilizarán exclusivamente para la siguiente finalidad: [Finalidad concreta de la cesión (campaña publicitaria, redes, web corporativa, prensa...)].
Queda PROHIBIDO cualquier uso distinto, incluidos sin carácter limitativo: cesión a terceros, modificación que altere el sentido, uso en campañas de signo político, religioso o controvertidas, asociación a productos no relacionados con la finalidad pactada. Cualquier uso fuera de los límites pactados será considerado intromisión ilegítima (art. 7.5 LO 1/1982) con derecho a indemnización conforme al art. 9.
La cesión se circunscribe a los siguientes medios y soportes: [Medios y soportes (redes sociales, web, prensa, TV, vallas, packaging...)]. El ámbito territorial de uso es: [Ámbito territorial].
La difusión en internet implica accesibilidad técnica mundial; las partes hacen constar expresamente que la limitación territorial se refiere a la lengua, mercado objetivo y geolocalización de las campañas, no a la accesibilidad técnica intrínseca de la red.
La cesión tendrá una duración de [Duración de la cesión (meses)] meses desde la firma del contrato. Transcurrido dicho plazo, cesará todo derecho del CESIONARIO sobre las imágenes, debiendo retirarlas de los medios bajo su control en un plazo razonable.
La prórroga requerirá acuerdo escrito de ambas partes con nueva contraprestación.
Durante la vigencia del contrato, el CEDENTE se compromete a no autorizar el uso de imágenes equivalentes (misma sesión, mismo estilo y misma temática) a competidores directos del CESIONARIO en el mismo sector. Esta cláusula sólo aplica si se ha marcado la opción de exclusividad y se interpreta restrictivamente.
El CESIONARIO abonará al CEDENTE la cantidad de [Contraprestación económica (euros, IVA incluido)] euros (IVA incluido o no según naturaleza del cedente — autónomo o consumidor) en el plazo de 30 días desde la firma del contrato, mediante transferencia bancaria a la cuenta que el CEDENTE designe.
Si el CEDENTE actúa como autónomo o profesional, emitirá la correspondiente factura. Si actúa como particular, la operación se documenta con este contrato y el justificante de transferencia.
Si el CEDENTE es menor de 14 años, el consentimiento lo otorgan los progenitores o tutores en ejercicio de la patria potestad. Entre 14 y 18 años, se requiere el consentimiento conjunto del menor y de sus representantes (art. 13 RD 1720/2007, art. 7 LOPDGDD).
Si la imagen del menor puede afectar a su honor, intimidad u otros derechos, el Ministerio Fiscal podrá instar las medidas oportunas conforme al art. 4 LO 1/1996. El CESIONARIO se obliga a no exponer al menor a publicidad de productos no aptos (alcohol, juego, etc.) ni a contextos lesivos para su desarrollo.
El CEDENTE conserva el derecho a revocar el consentimiento en cualquier momento (art. 2.3 LO 1/1982 y art. 7.3 RGPD), comunicándolo por escrito al CESIONARIO. La revocación opera ex nunc: el CESIONARIO retirará las imágenes de los medios bajo su control en un plazo razonable (no superior a 30 días), pero el CEDENTE indemnizará los daños y perjuicios efectivamente acreditados (campañas en curso, soportes ya impresos, etc.).
La imagen es dato personal a efectos del RGPD; cuando permite identificación unívoca, puede considerarse dato biométrico (art. 4.14 RGPD). La base jurídica del tratamiento es el consentimiento expreso (art. 6.1.a y art. 9.2.a RGPD) y la ejecución del contrato (art. 6.1.b).
Responsable del tratamiento: el CESIONARIO. Derechos ARCO-POL (acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad y limitación): se ejercerán por escrito al domicilio del CESIONARIO, sin perjuicio de reclamación ante la AEPD.
Para cualquier controversia derivada de este contrato, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de [Juzgados competentes (ciudad)], con renuncia expresa a cualquier otro fuero. Si el CEDENTE es consumidor, prevalece el fuero de su domicilio (art. 90.2 TRLGDCU).
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato por duplicado en el lugar y fecha indicados al inicio. Si el cedente es menor, firman también sus representantes legales.
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EL/LA CEDENTE EL CESIONARIO
REUNIDOS
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