I. DATOS DE LAS PARTES
1. Descripción del Inmueble
2. Precio y Forma de Pago
3. Plazo para Escriturar
4. Estado del Inmueble
5. Consecuencias del Incumplimiento
6. Gastos Notariales
7. Jurisdicción
En [Ciudad], el día [Fecha del contrato].
PROMITENTE VENDEDOR: [Nombre completo del vendedor], identificado con [Tipo de documento vendedor] No. [Número de documento vendedor], domiciliado en [Domicilio del vendedor].
PROMITENTE COMPRADOR: [Nombre completo del comprador], identificado con [Tipo de documento comprador] No. [Número de documento comprador], domiciliado en [Domicilio del comprador].
El PROMITENTE VENDEDOR es propietario del siguiente inmueble:
- Tipo: [Tipo de inmueble]
- Dirección: [Dirección del inmueble], [Barrio], [Ciudad del inmueble]
- Matrícula Inmobiliaria: [Matrícula inmobiliaria]
- Área: [Área (m²)] m²
- Linderos: [Linderos del inmueble]
El precio total de la compraventa prometida es de $[Precio total (COP $)] ([Precio en letras] pesos M/CTE).
El PROMITENTE COMPRADOR entrega en este acto como arras de cumplimiento la suma de $[Valor de las arras (COP $)] ([Arras en letras] pesos M/CTE), que harán parte del precio.
El saldo de $[Saldo del precio (COP $)] será pagado en la fecha de la escritura pública.
Las partes se obligan a comparecer ante la Notaría [Número/nombre de la notaría] de [Ciudad] a celebrar la escritura pública de compraventa, a más tardar el día [Fecha límite para escriturar].
El PROMITENTE VENDEDOR garantiza que el inmueble está libre de hipotecas, embargos, condiciones resolutorias y adeudos de impuestos prediales y valorizaciones al momento de la firma.
Si el PROMITENTE COMPRADOR incumple, perderá las arras entregadas en favor del PROMITENTE VENDEDOR.
Si el PROMITENTE VENDEDOR incumple, deberá devolver el doble de las arras recibidas al PROMITENTE COMPRADOR.
Cualquiera de las partes podrá exigir el cumplimiento forzoso más perjuicios.
Los gastos de escrituración, derechos notariales e Impuesto de Registro serán asumidos por [Gastos notariales a cargo de].
Las partes se someten a los jueces civiles del circuito de [Ciudad] para dirimir controversias.
DATOS DE LAS PARTES
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