I. PARTES CONTRATANTES
1. Naturaleza del Contrato
2. PerÃodo de Prueba
3. CategorÃa y Tareas
4. Jornada Laboral
5. Remuneración
6. Beneficios Sociales
7. Extinción del Contrato
8. Confidencialidad
9. Convenio Colectivo Aplicable
En [Ciudad], provincia de [Provincia], a los [DÃa del mes] dÃas del mes de [Mes] de [Año].
EMPLEADOR: [Razón social del empleador], CUIT [CUIT del empleador], con domicilio en [Domicilio del empleador], representado por [Nombre del representante], en adelante el EMPLEADOR.
TRABAJADOR: [Nombre completo del trabajador], DNI [DNI del trabajador], CUIL [CUIL del trabajador], con domicilio en [Domicilio del trabajador], en adelante el TRABAJADOR.
El presente es un contrato de trabajo por tiempo indeterminado, conforme al Art. 90 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT, Ley 20.744).
Los primeros tres (3) meses del contrato se consideran perÃodo de prueba (Art. 92 bis LCT), durante el cual las partes pueden disolver el vÃnculo sin indemnización y con preaviso de 15 dÃas.
El TRABAJADOR es contratado en la categorÃa de [CategorÃa laboral según CCT], realizando las siguientes tareas:
[Descripción de tareas]
El lugar de trabajo es [Lugar habitual de trabajo], pudiendo modificarse por necesidades de la empresa con previo aviso.
La jornada de trabajo será de [Horas diarias de trabajo] horas diarias, de [Hora de entrada] a [Hora de salida], de [DÃas laborales], con descanso los [DÃas de descanso].
La jornada máxima legal es de 8 horas diarias y 48 horas semanales (Art. 196 LCT).
El EMPLEADOR abonará al TRABAJADOR una remuneración [Periodicidad del pago] de $[Remuneración (ARS $)] ([Remuneración en letras] pesos argentinos), conforme al CCT [Número de CCT aplicable] o acuerdo de partes.
El pago se realizará mediante [Forma de pago] dentro de los primeros [DÃa lÃmite de pago] dÃas del mes.
El TRABAJADOR tendrá derecho a:
- SAC (Art. 121 LCT): la mitad del mejor sueldo semestral, pagadero el 30/6 y 31/12
- VACACIONES (Art. 150 LCT): según antigüedad
- ART: el EMPLEADOR afiliará al TRABAJADOR a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo
- OBRA SOCIAL: según CCT aplicable
- JUBILACIÓN: aportes al SIPA
La extinción del contrato se regirá por los Arts. 231-255 de la LCT. En caso de despido sin justa causa, el TRABAJADOR tendrá derecho a la indemnización establecida en el Art. 245 de la LCT.
El TRABAJADOR se obliga a mantener absoluta reserva sobre la información confidencial del EMPLEADOR, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su extinción.
El presente contrato se rige por el Convenio Colectivo de Trabajo No. [Número de CCT aplicable], actividad [Actividad del CCT]. En lo no previsto, se aplica la Ley de Contrato de Trabajo.
PARTES CONTRATANTES
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