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Orden PRE/525/2005Actualizado 2026

Autorización de Viaje para Menor

Modelo válido para frontera. Para que un menor de 18 años pueda salir de España sin sus padres o con uno solo. Firma ante notario, Policía Nacional o Juzgado de Paz.

¿Dónde firmar la autorización?

Notaría

La opción más sólida, exigida fuera de la UE y para destinos sensibles. Coste 30-50 €. Eficaz internacionalmente.

Policía Nacional

Gratuita, con cita previa. Válida para viajes dentro del Espacio Schengen y mayoría de destinos UE.

Juzgado de Paz

Disponible en municipios sin Policía Nacional. Misma validez que la opción policial dentro de la UE.

Contenido de la autorización

Datos del progenitor o tutor que autoriza

Nombre completo, DNI/NIE/pasaporte, domicilio. Firmas separadas si autorizan ambos.

Datos del menor

Nombre completo, DNI/pasaporte, fecha de nacimiento, domicilio habitual.

Datos del adulto acompañante

Nombre, DNI/pasaporte y relación con el menor (abuelo, tío, profesor, monitor, etc.).

Destino del viaje

País y ciudad concretos. Si hay escalas relevantes, indicar todas.

Fechas exactas

Día de salida y día previsto de regreso. La autorización solo cubre ese rango.

Motivo del viaje

Vacaciones, viaje escolar, visita familiar, competición deportiva, etc.

Datos de contacto en emergencia

Teléfono y email de los progenitores y del adulto acompañante en destino.

Lugar, fecha y firma

Firmas legitimadas ante notario, Policía o Juzgado de Paz. Con copia del DNI de los firmantes anexa.

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Familias separadas: Aunque la guarda y custodia recaiga en uno solo, normalmente la patria potestad sigue siendo compartida y se necesita la firma de ambos progenitores. Si el otro progenitor se niega injustificadamente, hay que acudir al juzgado pidiendo autorización judicial supletoria (art. 156 CC) — proceso de jurisdicción voluntaria que puede resolverse en pocas semanas.

Preguntas frecuentes sobre la autorización de viaje

¿Cuándo se necesita autorización para que un menor viaje?
Cuando un menor de 18 años español va a salir del territorio nacional sin ir acompañado por uno de sus progenitores o tutores legales (Orden PRE/1282/2007 y Orden PRE/525/2005). Es exigible en cualquier frontera —aérea, marítima o terrestre— de la Unión Schengen. Para viajes dentro de España no es legalmente obligatoria pero sí muy recomendable cuando viaja con un único progenitor en familias separadas, con un familiar (abuelos, tíos), con un grupo escolar o con cualquier adulto distinto a los padres.
¿Quién debe firmar la autorización?
En patria potestad compartida (la regla general en familias no separadas) la firman ambos progenitores. En caso de separación o divorcio: si la patria potestad sigue siendo compartida (lo más habitual aunque la guarda y custodia sea de uno solo), también se necesita la firma de los dos. Solo basta con un progenitor cuando: (1) tiene la patria potestad exclusiva por sentencia judicial, (2) el otro progenitor ha fallecido (con certificado de defunción), o (3) hay sentencia de privación de patria potestad.
¿Hay que ir al notario o se puede firmar en comisaría?
Hay tres opciones válidas reconocidas por el Ministerio del Interior: (1) firma ante notario (la más sólida, especialmente para viajes al extranjero fuera de la UE; coste 30-50 €), (2) firma ante la Policía Nacional o Guardia Civil presentando DNI del progenitor y libro de familia (gratuito; conviene pedir cita), o (3) firma ante el Juzgado de Paz de la localidad. Para destinos sensibles (Marruecos, Turquía, países sin convenio de retorno) se exige siempre la opción notarial. La autorización en cualquier formato debe ir acompañada del DNI del menor o pasaporte vigente.
¿Cuánto tiempo es válida la autorización?
La autorización es válida solo para el viaje específico que se identifique en ella: no sirve una autorización genérica para todo un curso o todas las vacaciones. Debe constar el destino, las fechas exactas (ida y vuelta) y la persona o entidad responsable durante el viaje. Una autorización con datos no concretos puede ser rechazada en frontera. Si hay varios viajes en el año, hay que firmar una autorización para cada uno.
¿Qué documentos lleva el menor en frontera además de la autorización?
Imprescindibles: (1) pasaporte vigente del menor (DNI español dentro del Espacio Schengen para nacionales españoles), (2) la autorización paterna firmada por ambos progenitores (con copia del DNI de cada firmante anexa), (3) libro de familia o certificado literal de nacimiento que acredite la filiación, y (4) DNI vigente del adulto acompañante. Para destinos fuera de la UE pueden exigirse también visados específicos para menores y, en algunos países, una traducción jurada de la autorización al idioma local.

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