Modelo profesional de contrato de suministro entre empresas: cláusulas específicas para entregas periódicas o continuadas, gestión de pedidos, precios firmes o revisables por índices, exclusividad conforme al derecho de la competencia (UE 2022/720), control de calidad, plazos de pago Ley 15/2010 y resolución por incumplimiento.
Pedidos puntuales con marco
Acuerdo marco con condiciones generales y precio. El cliente envía pedidos individuales según necesidad. Habitual en industria con demanda variable.
Pedidos programados (JIT)
Calendario fijo de entregas según planificación del cliente. Just-In-Time minimiza stock. Habitual en automoción, alimentación, retail con cadena automatizada.
Suministro continuado (utility)
Entrega ininterrumpida durante la vigencia (energía, gases, agua industrial, conectividad). Tarifa por consumo. Cláusulas SLA específicas de disponibilidad.
Identificación de las partes
Datos del SUMINISTRADOR (proveedor): NIF, sede, registro mercantil, representante con poderes. Datos del CLIENTE: NIF, sede, persona de contacto. Centro de entrega habitual.
Objeto del suministro
Descripción detallada de los bienes o servicios. Anexo con especificaciones técnicas (composición, dimensiones, certificaciones). Catálogo o referencia de productos cubiertos.
Pedidos y entregas
Modalidad: pedidos puntuales con condiciones marco, pedidos programados (Just-In-Time), suministro continuado. Plazos de entrega. Condiciones de transporte (Incoterms).
Precio y revisión
Precio inicial firme o revisable. Si revisable: índice (IPC, sectorial), periodicidad, tope de variación (3-5% anual). Volumen escalonado opcional. IVA aplicable.
Forma y plazo de pago
Plazo: máximo 60 días entre empresas (Ley 15/2010). Forma: transferencia, confirming, factoring. Penalización por mora: tipo legal del dinero + 8 puntos (Ley 3/2004).
Calidad y reclamaciones
Especificaciones técnicas anexadas. Control de calidad e inspección. Plazos para reclamar: 30 días defectos aparentes, 6 meses ocultos (Cco art. 342). Garantía de conformidad.
Duración y resolución
Vigencia (1-5 años). Prórroga tácita o expresa. Causas de resolución anticipada (impago, incumplimiento esencial, fuerza mayor). Preaviso para desistimiento (30-90 días).
Exclusividad y propiedad intelectual
Exclusividad opcional según Reglamento UE 2022/720 (cuotas mercado < 30%). Marca y signos del cliente con licencia limitada. Protección de información comercial confidencial.
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Documenta el suministro con cláusulas de calidad, plazos Ley 15/2010 y revisión de precios.
Crear mi contrato gratisPlazo MÁXIMO de pago entre empresas: 60 días (Ley 15/2010 + Directiva UE 2011/7). No se pueden pactar plazos mayores. Si el cliente paga tarde: interés legal + 8 puntos (Ley 3/2004). La exclusividad es legal pero el Reglamento UE 2022/720 limita las cláusulas verticales restrictivas si las cuotas de mercado superan el 30%. Sanciones CNMC por cláusulas anticompetitivas: hasta 10% facturación anual mundial. Para conflictos rápidos, considerar arbitraje (3-6 meses vs 18-36 meses tribunales).