Reserva la compraventa de un inmueble o bien con seguridad jurídica. Modelo de arras penitenciales conforme al artículo 1454 del Código Civil, personalizable online y descargable en PDF.
El contrato de arras es un precontrato que formaliza la reserva de un bien —habitualmente un inmueble— entregando una señal o anticipo. El Código Civil español regula tres tipos: penitenciales (art. 1454), confirmatorias y penales. Las arras penitenciales son las más comunes en el mercado inmobiliario porque permiten a ambas partes desistir pagando una consecuencia económica predefinida, sin necesidad de acudir a los tribunales.
El contrato de arras otorga seguridad al comprador (reserva el bien) y al vendedor (garantiza el compromiso de compra), fijando un plazo para la firma de la escritura pública ante notario.
Identificación de las partes
Datos completos del comprador/arrendatario y vendedor/arrendador (NIF, domicilio, estado civil si es inmueble).
Descripción del bien
Inmueble, vehículo u otro bien objeto de la reserva, con referencia catastral o matrícula.
Precio total acordado
Importe total de la compraventa del que las arras forman parte o anticipo.
Importe de las arras
Cantidad entregada en concepto de arras (normalmente entre el 5 % y el 15 % del precio).
Tipo de arras
Declaración expresa de que las arras son penitenciales conforme al art. 1454 CC.
Plazo de formalización
Fecha límite para elevar la compraventa a escritura pública o firmar el contrato definitivo.
Consecuencias del incumplimiento
Pérdida de las arras (comprador) o devolución por duplicado (vendedor) si hay desistimiento.
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Crear mi contrato de arras gratisMarco legal aplicable: Artículos 1454 y 1455 del Código Civil (arras penitenciales). Para inmuebles de uso residencial, la compraventa posterior se rige por la Ley 12/2023 de Vivienda. Consulta con un notario para transacciones de alto valor o cuando intervengan hipotecas.