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Ley 820 de 2003 · Colombia

Contrato de arrendamiento ColombiaModelo 2026 — PDF gratis

Genera tu contrato de arrendamiento para Colombia conforme a la Ley 820 de 2003. Incluye canon, depósito, incremento IPC, plazo y causas de terminación. Descarga el PDF listo para firmar.

Ley 820 de 2003

Basado en el Estatuto del Arrendamiento Urbano de Colombia.

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Cláusulas esenciales del contrato de arrendamiento en Colombia

  • Identificación de las partes: Nombre completo, cédula de ciudadanía, NIT (si aplica) y domicilio del arrendador y arrendatario.
  • Descripción del inmueble: Dirección completa, matrícula inmobiliaria, área construida, estado de conservación y uso permitido (residencial, comercial).
  • Canon y forma de pago: Valor mensual del canon en pesos colombianos, fecha límite de pago, lugar o cuenta bancaria para el pago y comprobante exigido.
  • Duración y prórroga: Plazo inicial (mínimo un año para vivienda habitacional), condiciones de renovación automática y preaviso de 3 meses para no renovar.
  • Incremento anual: Fórmula de incremento vinculada al IPC del DANE, con límite del 100 % del IPC del año anterior.
  • Depósito en garantía: Monto del depósito (generalmente 1-2 meses de canon), condiciones de devolución y plazo para su restitución al término del contrato.
  • Obligaciones y responsabilidades: Reparaciones a cargo del arrendador (daños estructurales) y del arrendatario (daños causados por su uso), suministros de servicios públicos y restricciones de uso.

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Preguntas frecuentes sobre el arrendamiento en Colombia

¿Qué ley regula el arrendamiento en Colombia?

El arrendamiento de vivienda urbana en Colombia se rige principalmente por la Ley 820 de 2003 (Estatuto del Arrendamiento Urbano), que regula los contratos para vivienda no inferior a 150 SMMLV. El arrendamiento comercial se rige por el Código Civil (arts. 1973-2044) y el Código de Comercio. La Ley 820 establece los derechos y deberes de arrendadores e inquilinos, los límites al canon y las causas de terminación del contrato.

¿Cuánto puede subir el canon de arrendamiento en Colombia?

Según el artículo 20 de la Ley 820 de 2003, el incremento anual del canon de arrendamiento no puede exceder el 100 % del IPC (Índice de Precios al Consumidor) certificado por el DANE para el año anterior. Esto significa que si el IPC fue del 9 %, el canon puede subir máximo un 9 %. El incremento solo puede hacerse una vez al año y debe notificarse al arrendatario con al menos tres meses de anticipación.

¿Qué depósito se puede cobrar en Colombia?

La Ley 820 no regula explícitamente el depósito de arrendamiento, pero en la práctica es habitual cobrar entre uno y tres meses de canon como garantía. El arrendador debe devolver el depósito al término del contrato si no hay daños al inmueble atribuibles al arrendatario. Algunas aseguradoras ofrecen pólizas de arrendamiento como alternativa al depósito en efectivo.

¿Cuáles son las causas de terminación del contrato de arrendamiento en Colombia?

El contrato puede terminar por: vencimiento del plazo pactado (con preaviso de 3 meses del arrendador), mutuo acuerdo, incumplimiento del arrendatario (no pago de dos o más cánones, subarrendamiento no autorizado, uso indebido), incumplimiento del arrendador (perturbación del uso pacífico), necesidad del arrendador de habitar el inmueble o para reparaciones, o venta del inmueble (en este caso el nuevo propietario debe respetar el contrato hasta su vencimiento).

¿Es obligatorio registrar el contrato de arrendamiento en Colombia?

En Colombia no es obligatorio registrar el contrato de arrendamiento ante ninguna entidad para que sea válido entre las partes. Sin embargo, el arrendador debe declarar los ingresos por canon ante la DIAN. Si el arrendatario es una empresa, puede deducir el gasto de arrendamiento siempre que cuente con la factura o documento equivalente que lo soporte.

¿Listo para crear tu contrato de arrendamiento?

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