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IAE 826 · LIVA art. 20.1.10Actualizado 2026

Contrato Clases Particulares

Modelo para profesores y tutores que dan clases de refuerzo escolar, idiomas u oposiciones, online o presencial. Cláusulas específicas para clases particulares: cancelaciones, material, modalidad y RGPD para alumnos menores.

Modalidades de clases particulares

Presenciales en casa del alumno

El profesor se desplaza al domicilio del alumno. Habitual para refuerzo escolar de menores. Incluye condiciones de acceso y horarios.

Online (Zoom/Meet/Skype)

Plataforma de videollamada con pizarra digital. Especificar plataforma, requisitos técnicos y política de grabación (consentimiento expreso).

En academia o local

El profesor alquila espacio o trabaja para una academia. Cuidado con riesgo de laboralidad si la academia impone horarios y exclusividad.

Contenido del contrato de clases particulares

Identificación de las partes

Datos del profesor (nombre, NIF, alta de autónomo en su caso) y del alumno o su tutor legal si es menor. Domicilio de notificaciones.

Materia, nivel y objetivos

Asignatura, curso o nivel del alumno, finalidad de las clases (refuerzo escolar, preparación examen, oposición, conversación idioma).

Modalidad y lugar

Presencial (dirección concreta) u online (plataforma: Zoom, Meet, Skype, Teams). Si es presencial en casa del alumno, condiciones de acceso y aparcamiento.

Frecuencia, duración y calendario

Número de sesiones por semana, duración de cada una (45/60/90 min), fechas de inicio y fin del periodo lectivo, descansos vacacionales.

Precio y forma de pago

Importe por hora/sesión/mes. Si está exento de IVA (enseñanza reglada). Forma de pago (efectivo, Bizum, transferencia) y periodicidad. Penalizaciones por impago.

Política de cancelaciones

Preaviso mínimo para anular una clase sin coste (24-48h habitual). Cancelación última hora cobra 50% o 100%. Festivos y vacaciones.

Material didáctico

Quién aporta libros, fichas, plataformas digitales. Si el profesor entrega material propio, mantiene la propiedad intelectual y NO autoriza su redifusión.

Protección de datos (RGPD)

Tratamiento solo de datos necesarios. No grabar las clases sin consentimiento. No publicar fotos ni resultados del alumno en redes sociales.

¿Vas a empezar a dar clases particulares?

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Crear mi contrato gratis

Si los alumnos son menores, el contrato lo firma el tutor legal: los menores de edad NO pueden firmar contratos por sí mismos (art. 1263 CC) salvo emancipación legal. Solicita siempre la firma del padre, madre o tutor legal y guarda copia del DNI. Para clases online, NO grabes nunca la sesión sin consentimiento expreso por escrito (RGPD): la sanción puede llegar a 20.000€ por infracción y, si afecta a un menor, también responsabilidad penal.

Preguntas frecuentes sobre clases particulares

¿Necesito ser autónomo para dar clases particulares de forma legal?
En España SÍ, si la actividad es habitual (más de un alumno, ingresos regulares). Hay que darse de alta como autónomo en el RETA y en Hacienda mediante el Modelo 036/037 con el epígrafe IAE 826 (personal docente de enseñanzas diversas). Para alumnos puntuales/esporádicos, la AEAT permite tributar como rendimientos de actividades económicas sin alta en autónomos si los ingresos no superan el SMI anual y la actividad NO es habitual. Las clases particulares de enseñanza reglada (asignaturas escolares, idiomas, preparación de oposiciones) están EXENTAS DE IVA conforme al art. 20.1.10 LIVA, pero hay que declararlas en el IRPF.
¿Las clases particulares llevan IVA y retención?
IVA: NO si son clases de materias incluidas en planes de estudios oficiales (matemáticas, idiomas, lengua, ciencias, oposiciones, refuerzo escolar) — exención del art. 20.1.10 LIVA. Sí llevan IVA al 21% si son clases de materias NO recogidas en planes oficiales (música como hobby, cocina, baile no académico, deportes recreativos). Retención IRPF: si el alumno (o sus padres) son autónomos o empresas, deben aplicar 15% de retención en la factura. Si el cliente es un particular para uso personal, NO hay retención y el profesor debe pagar trimestralmente sus pagos fraccionados (Modelo 130, 20% del beneficio).
¿Qué cláusulas son imprescindibles en un contrato de clases particulares?
Para evitar disputas, el contrato debe especificar: (1) MODALIDAD — presencial (con dirección concreta), online (plataforma usada: Zoom, Meet, Skype) o híbrida; (2) MATERIA Y NIVEL — asignatura, curso, objetivo (refuerzo, preparación examen, oposiciones); (3) FRECUENCIA Y DURACIÓN — número de clases por semana, duración de cada una (45/60/90 minutos), inicio y fin del periodo; (4) PRECIO — por hora o por sesión, forma de pago (en efectivo, transferencia, Bizum, mensual o por adelantado); (5) CANCELACIONES — preaviso mínimo (24-48h) para evitar el cobro; (6) MATERIAL — si lo aporta el profesor o el alumno; (7) RESULTADOS — sin garantía de aprobado, no se pueden prometer resultados académicos; (8) CONFIDENCIALIDAD — protección de datos del alumno (RGPD).
¿Puede haber riesgo de relación laboral encubierta?
SÍ, especialmente si el profesor: (1) trabaja exclusivamente para una academia o centro; (2) está sometido a horarios fijos impuestos; (3) no aporta sus propios materiales; (4) recibe un salario fijo mensual independiente del número de clases; (5) trabaja en las instalaciones del cliente con sus reglas. La Inspección de Trabajo puede recalificar como contrato laboral, lo que implicaría: alta retroactiva del trabajador en Seguridad Social, sanción a la academia, y aplicación del Estatuto de los Trabajadores (vacaciones, paro, despido). Para evitarlo, el contrato debe enfatizar la INDEPENDENCIA del profesor: organiza sus horarios, aporta su material, fija sus tarifas, asume sus impuestos. Mejor cobrar por sesión o por mes pero CON FACTURA, no como sueldo.
¿Cómo proteger los datos del alumno (especialmente menores)?
Si el alumno es MENOR DE EDAD, el contrato debe firmarlo el padre, madre o tutor legal. El profesor debe cumplir el RGPD: (1) tratar solo los datos necesarios (nombre, edad, teléfono de contacto); (2) NO publicar fotos, nombres ni resultados del alumno en redes sociales sin consentimiento expreso por escrito; (3) si usa una plataforma online (Zoom, Meet) verificar que cumple RGPD; (4) si es menor de 14 años, el consentimiento para tratar sus datos lo da SIEMPRE el tutor legal; (5) entre 14-18 años el menor puede dar consentimiento para algunos tratamientos pero el contrato lo firma el tutor. Incluir cláusula RGPD en el contrato y proporcionar política de privacidad. Para clases online grabadas: prohibido grabar sin consentimiento previo expreso de tutor + alumno.

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